Es aquel que se instruye en contra de los servidores públicos.
Son la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. (Aplicables, para algunos juicios).
Ley General de responsabilidades Administrativas, Ley General de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. (vigentes).
Con la Ley antes de la reforma la mínima es un apercibimiento privado.
La mínima con la nueva ley es una amonestación privada.
La máxima, aplicable antes de la reforma es la destitución del cargo, la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Publica por el término de 10 años y una sanción económica (multa) de 3 tantos de la cantidad imputada como daño causado.
La máxima vigente es la destitución del cargo, la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión en la Administración Publica por el término de 20 años y una sanción económica (multa) de 3 tantos de la cantidad imputada como daño causado.
Es aquel que se instruye en contra del Servidor Público, en contra del particular (Ciudadano) y en contra de las Personas Morales (Empresas).
Si la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México sancionan severamente a los dos.
El fundamento, es la Ley General de Responsabilidades Administrativas o la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. (Leyes vigentes).
Si se puede sancionar a los 3 en la misma resolución.
Este procedimiento se instruye a servidores públicos, y a las empresas contratistas de obra pública, con el objeto de que regresen al erario público la cantidad reclamada.
Los Órganos Internos de Control, la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, entre otros.
- Los Órganos Internos de Control.
- La Secretaría de la Función Pública.
- La Auditoría Superior de la Federación.
- La contraloría General de la Ciudad de México.
- La Auditoria Superior de la Ciudad de México.
- La Auditoría Superior de la Federación.
- La Procuraduría Fiscal.
- La Auditoría Superior de la Ciudad de México.
La Autoridad Fiscal te embarga tus bienes, llámese casa, vehículo, cuentas bancarias y etc.
La Autoridad Fiscal te embarga tus bienes, llámese casa, vehículos, cuentas bancarias y etc.
Cuando se carece una buena defensa y se pierde el juicio, en el cual existe una sanción económica que fue ejecutada.
Con la competencia son altos los costos.
Con Jurídico Santri los costos son económicos y con facilidades de pago.
Sí, pero siempre es accesible.